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Introducción
1. La Introducción al Comité del
Sector Público (CSP) afirma que sus pronunciamientos están llamados a
desarrollar y armonizar las prácticas de presentación de información financiera
y contabilidad en el sector público. Cuando sean adecuados, el CSP puede tener
en cuenta y utilizar los pronunciamientos emitidos por el Comité de Normas
Internacionales de Contabilidad (CNIC)
(1) en la medida en que resulten
aplicables al sector público. Ni las Normas Internacionales de Contabilidad, ni
las Guías Internacionales del Sector Público pretenden imponerse a los
pronunciamientos nacionales emitidos por los gobiernos o por los organismos
reguladores o profesionales.
2. El propósito de esta Guía es
especificar los criterios contables que deben utilizarse en la preparación y
presentación de estados financieros públicos por las empresas públicas.
3. El Término "gobierno" se
refiere a los gobiernos nacionales, regionales (por ejemplo, estatal, provincial
o territorial) y a las administraciones locales (ciudades, municipios).
Empresas públicas
4. Esta Guía es aplicable a
empresas públicas tales como ferrocarriles nacionales, empresas de energía y
servicios de comunicación. No excluye actividades de naturaleza menos mercantil.
Las características que normalmente definen a las empresas públicas se indican
en los párrafos 5, 6 y 7.
5. Las empresas públicas son
aquellas que operan desde el sector público, normalmente con la finalidad de
alcanzar objetivos políticos o sociales. Por lo general su actividad mercantil,
es decir, obtienen beneficios o recuperan, mediante contraprestaciones de sus
usuarios, una parte importante del coste de sus operaciones.
6. En algunos países, el sector
público incluye empresas poseídas o controladas por el gobierno. Su actividad
principal es similar a la de aquellas que operan en el sector privado, es decir,
la venta de bienes o servicios a los individuos, a organizaciones no
gubernamentales y a otras entidades del sector público. Todas las empresas
públicas tienen capacidad financiera y operativa para desarrollar su actividad
mercantil, incluyendo normalmente la posibilidad de contratar en nombre propio;
algunas están, además, capacitadas para obtener recursos financieros de fuentes
no gubernamentales.
7. Normalmente las empresas
públicas adoptan la misma forma jurídica que las del sector público. En algunos
países, no obstante, las empresas públicas pueden estar sujetas a la legislación
específica, por lo que su forma jurídica puede ser diferente.
Requisitos para los estados
financieros
8. Las empresas públicas emiten
estados financieros con destino a los legisladores, al gobierno, inversores
externos, empleados, acreedores, público en general y otros usuarios. Cuando se
emiten dichos estados financieros, deben presentarse de acuerdo con los
principios y normas contables y otros requerimientos que normalmente resultan
aplicables a otro tipo de empresas.
9. Los estados financieros
suministran información de la situación financiera y de los resultados. El
Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (CNIC) ha desarrollado al
respecto un conjunto de normas para las empresas
Dado que su cometido resulta
aplicable a las empresas públicas, éstas deben presentar sus estados financieros
de conformidad, en todos los aspectos significativos, con las Normas
Internacionales de Contabilidad, así como cumplir con las correspondientes
normas y requerimientos nacionales aplicables a las restantes empresas.
10. El cumplimiento de los
anteriores requerimientos implica el mínimo nivel necesario para suministrar
información adecuada a los usuarios. En otras circunstancias, como las que se
indican a continuación, puede ser adecuado suministrar información adicional:
a) Cuando existan requerimientos
adicionales para los estados financieros públicos, prescritos por los gobiernos,
las empresas públicas deben también suministrar información financiera de
acuerdo con ellos.
b) Cuando las empresas públicas
actúen con objetivos financieros que se sustenten en bases diferentes al modelo
de coste histórico, deben asimismo preparar estados financieros apoyados en
aquellas bases, al objeto de suministrar información financiera congruente con
sus objetivos.
c) En el caso de que las empresas
públicas operen en contextos no competitivos o monopolísticos, los resultados
financieros pueden no representar adecuadamente su comportamiento; entonces,
puede resultar apropiado suministrar información relativa a la
productividad/eficiencia, como medida adicional de sus resultados.
d) Cuando las empresas públicas
tengan objetivos no financieros o sociales en conflicto con sus objetivos
mercantiles, puede resultar adecuado que informen sobre la manera en que han
alcanzado tales objetivos, así como de su impacto en su situación financiera y
resultados.
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