Introducción

1. La Introducción al Comité del Sector Público (CSP) afirma que sus pronunciamientos están llamados a desarrollar y armonizar las prácticas de presentación de información financiera y contabilidad en el sector público. Cuando sean adecuados, el CSP puede tener en cuenta y utilizar los pronunciamientos emitidos por el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (CNIC) (1) en la medida en que resulten aplicables al sector público. Ni las Normas Internacionales de Contabilidad, ni las Guías Internacionales del Sector Público pretenden imponerse a los pronunciamientos nacionales emitidos por los gobiernos o por los organismos reguladores o profesionales.

2. El propósito de esta Guía es especificar los criterios contables que deben utilizarse en la preparación y presentación de estados financieros públicos por las empresas públicas.

3. El Término "gobierno" se refiere a los gobiernos nacionales, regionales (por ejemplo, estatal, provincial o territorial) y a las administraciones locales (ciudades, municipios).

Empresas públicas

4. Esta Guía es aplicable a empresas públicas tales como ferrocarriles nacionales, empresas de energía y servicios de comunicación. No excluye actividades de naturaleza menos mercantil. Las características que normalmente definen a las empresas públicas se indican en los párrafos 5, 6 y 7.

5. Las empresas públicas son aquellas que operan desde el sector público, normalmente con la finalidad de alcanzar objetivos políticos o sociales. Por lo general su actividad mercantil, es decir, obtienen beneficios o recuperan, mediante contraprestaciones de sus usuarios, una parte importante del coste de sus operaciones.

6. En algunos países, el sector público incluye empresas poseídas o controladas por el gobierno. Su actividad principal es similar a la de aquellas que operan en el sector privado, es decir, la venta de bienes o servicios a los individuos, a organizaciones no gubernamentales y a otras entidades del sector público. Todas las empresas públicas tienen capacidad financiera y operativa para desarrollar su actividad mercantil, incluyendo normalmente la posibilidad de contratar en nombre propio; algunas están, además, capacitadas para obtener recursos financieros de fuentes no gubernamentales.

7. Normalmente las empresas públicas adoptan la misma forma jurídica que las del sector público. En algunos países, no obstante, las empresas públicas pueden estar sujetas a la legislación específica, por lo que su forma jurídica puede ser diferente.

Requisitos para los estados financieros

8. Las empresas públicas emiten estados financieros con destino a los legisladores, al gobierno, inversores externos, empleados, acreedores, público en general y otros usuarios. Cuando se emiten dichos estados financieros, deben presentarse de acuerdo con los principios y normas contables y otros requerimientos que normalmente resultan aplicables a otro tipo de empresas.

9. Los estados financieros suministran información de la situación financiera y de los resultados. El Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (CNIC) ha desarrollado al respecto un conjunto de normas para las empresas

Dado que su cometido resulta aplicable a las empresas públicas, éstas deben presentar sus estados financieros de conformidad, en todos los aspectos significativos, con las Normas Internacionales de Contabilidad, así como cumplir con las correspondientes normas y requerimientos nacionales aplicables a las restantes empresas.

10. El cumplimiento de los anteriores requerimientos implica el mínimo nivel necesario para suministrar información adecuada a los usuarios. En otras circunstancias, como las que se indican a continuación, puede ser adecuado suministrar información adicional:

a) Cuando existan requerimientos adicionales para los estados financieros públicos, prescritos por los gobiernos, las empresas públicas deben también suministrar información financiera de acuerdo con ellos.

b) Cuando las empresas públicas actúen con objetivos financieros que se sustenten en bases diferentes al modelo de coste histórico, deben asimismo preparar estados financieros apoyados en aquellas bases, al objeto de suministrar información financiera congruente con sus objetivos.

c) En el caso de que las empresas públicas operen en contextos no competitivos o monopolísticos, los resultados financieros pueden no representar adecuadamente su comportamiento; entonces, puede resultar apropiado suministrar información relativa a la productividad/eficiencia, como medida adicional de sus resultados.

d) Cuando las empresas públicas tengan objetivos no financieros o sociales en conflicto con sus objetivos mercantiles, puede resultar adecuado que informen sobre la manera en que han alcanzado tales objetivos, así como de su impacto en su situación financiera y resultados.