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  B.O.E  ››   1991

LISTA POR AÑOS

 

REAL DECRETO 1815/1991, de 20 de diciembre, por el que se aprueban las Normas para formulación de las Cuentas Anuales Consolidadas. (BOE núm. 310, de 27 de diciembre de 1991).

Í N D I C E

PARTE DISPOSITIVA

Exposición de motivos.

Artículo 1. Aprobación de las normas de consolidación.

Artículo 2. Obligatoriedad de las normas de consolidación.

Disposición transitoria.

Disposición final primera.

Disposición final segunda.

Disposición final tercera.

Disposición final cuarta.

Disposición final quinta.

Disposición derogatoria'

NORMAS PARA LA FORMULACIÓN DE LAS CUENTAS CONSOLIDADAS

Introducción

Capítulo I - Sujetos de la consolidación

Sección 1.ª : Grupo de sociedades

Artículo 1. Grupo de sociedades.

Artículo 2. Sociedad dominante y dependientes.

Artículo 3. Cómputo de los derechos de voto.

Sección 2.ª : Otras sociedades que intervienen en la consolidación

Artículo 4. Sociedades multigrupo.

Artículo 5. Sociedades asociadas.

Capítulo II - Obligación de consolidar, métodos de consolidación y procedimiento de puesta en equivalencia

Sección 1.ª : Obligación de consolidar y excepciones

Artículo 6. Obligación de consolidar.

Artículo 7. Dispensa de la obligación de consolidar.

Artículo 8. Dispensa de la obligación de consolidar por razón del tamaño.

Artículo 9. Dispensa de la obligación de consolidar los subgrupos de sociedades.

Sección 2.ª : Métodos de consolidación

Artículo 10. Métodos aplicables.

Artículo 11. Aplicación del método de integración global.

Artículo 12. Aplicación del método de integración proporcional.

Artículo 13. Conjunto consolidable.

Sección 3.ª : Procedimiento de puesta en equivalencia

Artículo 14. Aplicación del procedimiento de puesta en equivalencia.

Artículo 15. Perímetro de la consolidación.

Capítulo III - Método de integración global

Sección 1.ª : Descripción del método

Artículo 16. Definición.

Sección 2.ª : Homogeneización previa

Artículo 17. Homogeneización temporal.

Artículo 18. Homogeneización valorativa.

Artículo 19. Homogeneización por las operaciones internas.

Artículo 20. Homogeneización para realizar la agregación.

Sección 3.ª : Agregación

Artículo 21. Agregación.

Sección 4.ª : Eliminaciones

Subsección 1.ª : Eliminación inversión-fondos propios

Artículo 22. Eliminación inversión-fondos propios.

Artículo 23. Diferencia de primera consolidación.

Artículo 24. Fondo de comercio de consolidación.

Artículo 25. Diferencia negativa de consolidación.

Subsección 2.ª : Participaciones de socios externos

Artículo 26. Participación de socios externos.

Subsección 3.ª : Eliminación inversión-fondos propios en consolidaciones posteriores

Artículo 27. Consolidaciones posteriores.

Artículo 28. Inversiones adicionales y aumentos en el porcentaje de participación.

Artículo 29. Reducciones en el porcentaje de dominio y de la inversión.

Subsección 4.ª : Eliminación inversión-fondos propios en casos particulares

Artículo 30. Participaciones indirectas.

Artículo 31. Transmisiones de participaciones entre sociedades del grupo.

Artículo 32. Participaciones en el capital de la sociedad dominante.

Artículo 33. Participaciones recíprocas entre sociedades dependientes.

Subsección 5.ª : Eliminaciones de partidas recíprocas

Artículo 34. Créditos y débitos recíprocos.

Artículo 35. Gastos e ingresos por operaciones internas.

Subsección 6.ª : Eliminación de resultados

Artículo 36. Eliminación de resultados por operaciones internas.

Artículo 37. Eliminación de resultados por operaciones internas de existencias.

Artículo 38. Eliminación de resultados por operaciones internas de inmovilizado.

Artículo 39. Eliminación de resultados por operaciones internas de servicios.

Artículo 40. Eliminación de resultados por operaciones internas de activos financieros.

Artículo 41. Adquisición a terceros de activos financieros.

Artículo 42. Eliminación de dividendos internos.

Subsección 7.ª : Resultados correspondientes a socios externos

Artículo 43. Atribución de resultados a socios externos.

Capítulo IV - Método de integración proporcional y procedimiento de puesta en equivalencia

Sección 1.ª : Método de integración proporcional

Artículo 44. Definición del método.

Artículo 45. Criterios aplicables.

Sección 2.ª : Puesta en equivalencia

Artículo 46. Descripción del procedimiento de puesta en equivalencia.

Artículo 47. Homogeneización de la información.

Artículo 48. Ajuste derivado de la diferencia entre la inversión y los fondos propios de las sociedades puestas en equivalencia.

Artículo 49. Modificación de la participación.

Artículo 50. Consolidaciones posteriores.

Artículo 51. Sociedades puestas en equivalencia.

Capítulo V - Otras normas aplicables a la consolidación

Sección 1.ª : Cambios en los métodos o procedimientos de consolidación

Artículo 52. Puesta en equivalencia.

Artículo 53. Integración global o proporcional.

Sección 2.ª : Conversión de cuentas anuales en moneda extranjera

Artículo 54. Conversión de cuentas anuales en moneda extranjera.

Artículo 55. Método del tipo de cambio de cierre.

Artículo 56. Método monetario-no monetario.

Artículo 57. Sociedades extranjeras sometidas a altas tasas de inflación.

Artículo 58. Eliminación de resultados internos.

Artículo 59. Sociedades puestas en equivalencia.

Sección 3.ª : Impuesto sobre beneficios

Artículo 60. Impuesto sobre beneficios devengados.

Capítulo VI - Cuentas anuales consolidadas

Sección 1.ª : Definición de cuentas anuales consolidadas

Artículo 61. Documentos que integran las cuentas anuales consolidadas.

Artículo 62. Formulación de cuentas anuales consolidadas.

Artículo 63. Estructura de las cuentas anuales consolidadas.

Artículo 64. Balance consolidado.

Artículo 65. Cuenta de pérdidas y ganancias consolidada.

Artículo 66. Memoria consolidada.

Artículo 67. Cuadro de financiación consolidado.

Anexos:

–   Balance consolidado.

–   Cuenta de pérdidas y ganancias consolidada.

–   Contenido de la memoria consolidada.