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BOLETINES

BOLETÍN OFICIAL DEL INSTITUTO DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA DE CUENTAS
BOICAC núm. 07 / Octubre 1991
SUMARIO
I. Disposiciones generales
Auditoría:
RESOLUCIÓN de 23 de octubre de 1991, del Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la Norma Técnica de elaboración del Informe Especial en el supuesto establecido en el artículo 292 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
RESOLUCIÓN de 23 de octubre de 1991, del Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la Norma Técnica de elaboración del Informe Especial en los supuestos establecidos en los artículos 64, 147, 149 y 225 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
Contabilidad:
RESOLUCIÓN de 25 de septiembre de 1991, del Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se fijan criterios para la contabilización de los impuestos anticipados en relación con la provisión para pensiones y obligaciones similares.
RESOLUCIÓN de 21 de octubre de 1991, del Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se constituye un grupo de trabajo para la elaboración de un Borrador de Adaptación del Plan General de Contabilidad a las Empresas Inmobiliarias.
RESOLUCIÓN de 21 de octubre de 1991, del Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se constituye un grupo de trabajo para la elaboración de un Borrador de Adaptación del Plan General de Contabilidad a las Sociedades Concesionarias de Autopistas de Peaje.
RESOLUCIÓN de 28 de octubre de 1991, del Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se corrigen errores en la de 30 de julio de 1991, por la que se dictan normas sobre valoración del Inmovilizado Material.
II. Registro Oficial de Auditores de Cuentas
RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 1991, del Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se inscriben provisionalmente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, determinadas sociedades de auditoría.
CORRECCIÓN DE ERRATA de la Resolución de 10 de mayo de 1991, del Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se inscriben provisionalmente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, determinadas sociedades de auditoría.
ANUNCIO por el que se hace público el cambio de denominación de sociedades de auditoría.
III. Comunicaciones y consultas
INFORME de la Comisión creada para la elaboración de las Normas de Adaptación del Plan General de Contabilidad a las Federaciones Deportivas Españolas.
RESOLUCIONES de la Dirección General de los Registros y del Notariado en relación con el artículo 205 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
DISPOSICIONES publicadas en el "B.O.E." relacionadas con materias de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.
CONSULTAS:
1. ¿Puede una auditoría de cuentas anuales voluntaria ser contratada por órgano social distinto de la Junta General? ¿Puede ser nombrado o contratado el auditor una vez finalizado el ejercicio a auditar? ¿Puede nombrarse auditor por plazo inferior a tres años? ¿En qué supuestos considera el Instituto que, en relación con el derecho de los accionistas minoritarios establecido en el artículo 205.2 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas no se consideraría que el auditor de cuentas contratado por la sociedad es válido también para los accionistas minoritarios?
2. Si una firma de auditoría realiza un informe de auditoría de las cuentas anuales a un cliente con el que tiene contrato, ya que le afecta la obligatoriedad, y este cliente decide no presentarlo en el Registro Mercantil, qué actuaciones debería efectuar la firma de auditoría para no incurrir en ningún tipo de problema. Si, como parece lógico, el cliente que no ha presentado el informe de auditoría obligatoria al Registro Mercantil decide incumplir el contrato y no permitir la realización de las auditorías de los años sucesivos, ya que no las piensa presentar en el Registro Mercantil, qué actuaciones debería efectuar la firma de auditoría para no incurrir en ningún tipo de problema.
3. Sobre la posibilidad de que un auditor de cuentas socio de una sociedad de auditoría pueda ejercer la actividad de auditoría de cuentas a título individual con la única cobertura de la fianza prestada por la citada sociedad.
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