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PRINCIPIOS CONTABLES 1. La aplicación de los principios contables incluidos en los apartados siguientes deberá conducir a que las cuentas anuales, formuladas con claridad, expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa. Cuando la aplicación de los principios contables establecidos en esta norma no sea suficiente para que las cuentas anuales expresen la imagen fiel mencionada, deberán suministrarse en la memoria las explicaciones necesarias sobre los principios contables aplicados. En aquellos casos excepcionales en los que la aplicación de un principio contable o de cualquier otra norma contable sea incompatible con la imagen fiel que deben mostrar las cuentas anuales, se considerará improcedente dicha aplicación. Todo lo cual se mencionará en la memoria, explicando su motivación e indicando su influencia sobre el patrimonio, la situación financiera y los resultados de la empresa. 2. La contabilidad de la empresa se desarrollará aplicando obligatoriamente los principios contables que se indican a continuación: Principio de prudencia. Únicamente se contabilizarán los beneficios realizados a la fecha de cierre del ejercicio. Por el contrario, los riesgos previsibles y las pérdidas eventuales con origen en el ejercicio o en otro anterior, deberán contabilizarse tan pronto sean conocidas; a estos efectos se distinguirán las reversibles o potenciales de las realizadas o irreversibles. En consecuencia al realizar dicho cierre se tendrán presentes todos los riesgos y pérdidas previsibles, cualquiera que sea su origen. Cuando tales riesgos y pérdidas fuesen conocidos entre la fecha de cierre del ejercicio y aquélla en que se establezcan las cuentas anuales, sin perjuicio de su reflejo en el balance y cuenta de pérdidas y ganancias, deberá facilitarse cumplida información de todos ellos en la memoria. Igualmente, se tendrán presentes toda clase de depreciaciones, tanto si el resultado del ejercicio fuese positivo como negativo. Principio de empresa en funcionamiento. Se considerará que la gestión de la empresa tiene prácticamente una duración ilimitada. En consecuencia, la aplicación de los principios contables no irá encaminada a determinar el valor del patrimonio a efectos de su enajenación global o parcial ni el importe resultante en caso de liquidación. Principio del registro. & Los hechos económicos deben registrarse cuando nazcan los derechos u obligaciones que los mismos originen. Principio del precio de adquisición. & Como norma general, todos lo bienes y derechos se contabilizarán por su precio de adquisición o coste de producción. El principio del precio de adquisición deberá respetarse siempre, salvo cuando se autoricen, por disposición legal, rectificaciones al mismo; en este caso, deberá facilitarse cumplida información en la memoria. Principio del devengo. La imputación de ingresos y gastos deberá hacerse en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan y con independencia del momento en que se produzca la corriente monetaria o financiera derivada de ellos. Principio de correlación de ingresos y gastos. El resultado del ejercicio estará constituido por los ingresos de dicho período menor los gastos del mismo realizados para la obtención de aquellos, así como los beneficios y quebrantos no relacionados claramente con la actividad de la empresa. Principio de no compensación. En ningún caso podrán compensarse las partidas del activo y del pasivo del balance ni las de gastos e ingresos que integran las cuenta de pérdidas y ganancias, establecidos en los modelos de las cuentas anuales. Se valorarán separadamente los elementos integrantes de las distintas partidas del activo y del pasivo. Principio de uniformidad. Adoptado un criterio en la aplicación de los principios contables dentro de las alternativas que, en su caso, éstos permitan, deberá mantenerse en el tiempo y aplicarse a todos los elementos patrimoniales que tengan las mismas características en tanto no se alteren los supuestos que motivaron la elección de dicho criterio. De alterarse estos supuestos podrá modificarse el criterio adoptado en su día; pero en tal caso, estas circunstancias se harán constar en la memoria, indicando la incidencia cuantitativa y cualitativa de la variación sobre las cuentas anuales. Principio de importancia relativa. Podrá admitirse la no aplicación estricta de algunos de los principios contables siempre y cuando la importancia relativa en términos cuantitativos de la variación que tal hecho produzca sea escasamente significativa y, en consecuencia, no altere las cuentas anuales como expresión de la imagen fiel a la que se refiere el apartado 1. 3. En los casos de conflicto entre principios contables obligatorios deberá prevalecer el que mejor conduzca a que las cuentas anuales expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa. Sin perjuicio de lo indicado en el párrafo precedente, el principio de prudencia tendrá carácter preferencial sobre los demás principios. CUADRO DE CUENTAS Financiación básica 10. CAPITAL. 100. Capital social. 1000. Capital ordinario. 1001. Capital privilegiado. 1002. Capital sin derecho a voto. 1003. Capital con derechos restringidos. 101. Fondo social. 102. Capital. 109. Fondo operativo. & 11. RESERVAS. 110. Prima de emisión de acciones. 111. Reservas de revalorización. 112. Reserva legal. 113. Reservas especiales. 114. Reservas para acciones de la sociedad dominante. 115. Reservas para acciones propias. 116. Reservas estatutarias. 117. Reservas voluntarias. 118. Reserva por capital amortizado. 119. Diferencias por ajuste del capital a euros. & 12. RESULTADOS PENDIENTES DE APLICACIÓN. 120. Remanente. 121. Resultados negativos de ejercicios anteriores. 122. Aportaciones de socios para compensación de pérdidas. 129. Pérdidas y ganancias. 13. INGRESOS A DISTRIBUIR EN VARIOS EJERCICIOS. 130. Subvenciones oficiales de capital. 1300. Subvenciones del Estado. 1301. Subvenciones de otras Administraciones Públicas. 131. Subvenciones de capital. 132. Ingresos diferidos por donaciones. & 135. Ingresos por intereses diferidos. 136. Diferencias positivas en moneda distinta del euro. 137. Ingresos fiscales por diferencias permanentes a distribuir en varios ejercicios.& 138. Ingresos fiscales por deducciones y bonificaciones fiscales a distribuir en varios ejercicios. & 14. PROVISIONES PARA RIESGOS Y GASTOS. 140. Provisiones para pensiones y obligaciones similares. 141. Provisión para impuestos. 142. Provisión para responsabilidades. 143. Provisión para grandes reparaciones. 144. Fondo de reversión. 145. Provisión para actuaciones medioambientales. & 15. EMPRÉSTITOS Y OTRAS EMISIONES ANÁLOGAS. 150. Obligaciones y bonos. 1500. Obligaciones y bonos simples. 1501. Obligaciones y bonos garantizados. 1502. Obligaciones y bonos subordinados. 1503. Obligaciones y bonos cupón cero. 1504. Obligaciones y bonos con opción de adquisición de acciones. 1505. Obligaciones y bonos con participación en beneficios. 151. Obligaciones y bonos convertibles. 155. Deudas representadas en otros valores negociables. 16. DEUDAS A LARGO PLAZO CON EMPRESAS DEL GRUPO Y ASOCIADAS. 160. Deudas a largo plazo con empresas del grupo. 1600. Préstamos a largo plazo de empresas del grupo. 1608. Deudas a largo plazo con empresas del grupo por efecto impositivo. & 1609. Otras deudas a largo plazo con empresas del grupo. 161. Deudas a largo plazo con empresas asociadas. 162. Deudas a largo plazo con entidades de crédito del grupo. 163. Deudas a largo plazo con entidades de crédito asociadas. 164. Proveedores de inmovilizado a largo plazo, empresas del grupo. 165. Proveedores de inmovilizado a largo plazo, empresas asociadas. 17. DEUDAS A LARGO PLAZO POR PRÉSTAMOS RECIBIDOS Y OTROS CONCEPTOS. 170. Deudas a largo plazo con entidades de crédito. 1700. Préstamos a largo plazo de entidades de crédito. 1705. Deudas a largo plazo con entidades de crédito por adquisiciones en arrendamiento financiero. & 1709. Otras deudas a largo plazo con entidades de crédito. 171. Deudas a largo plazo. 172. Deudas a largo plazo transformables en subvenciones. 173. Proveedores de inmovilizado a largo plazo. 174. Efectos a pagar a largo plazo. 18. FIANZAS Y DEPÓSITOS RECIBIDOS A LARGO PLAZO. 180. Fianzas recibidas a largo plazo. 185. Depósitos recibidos a largo plazo. 19. SITUACIONES TRANSITORIAS DE FINANCIACIÓN. 190. Accionistas por desembolsos no exigidos. 191. Accionistas por desembolsos no exigidos, empresas del grupo. 192. Accionistas por desembolsos no exigidos, empresas asociadas. 193. Accionistas por aportaciones no dinerarias pendientes. 194. Accionistas por aportaciones no dinerarias pendientes, empresas del grupo. 195. Accionistas por aportaciones no dinerarias pendientes, empresas asociadas. 196. Socios, parte no desembolsada. 198. Acciones propias en situaciones especiales.
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Acciones propias para reducción de capital. Inmovilizado 20. GASTOS DE ESTABLECIMIENTO. 200. Gastos de constitución. 201. Gastos de primer establecimiento. 202. Gastos de ampliación de capital. 21. INMOVILIZACIONES INMATERIALES. 210. Gastos de investigación y desarrollo. 2100. Gastos de investigación y desarrollo en proyectos no terminados. 2101. Gastos de investigación y desarrollo en proyectos terminados. 211. Concesiones administrativas. 212. Propiedad industrial. 213. Fondo de comercio. 214. Derechos de traspaso. 215. Aplicaciones informáticas. 217. Derechos sobre bienes en régimen de arrendamiento financiero. 219. Anticipos para inmovilizaciones inmateriales. 22. INMOVILIZACIONES MATERIALES. 220. Terrenos y bienes naturales. 221. Construcciones. 222. Instalaciones técnicas. 223. Maquinaria. 224. Utillaje. 225. Otras instalaciones. 226. Mobiliario. 227. Equipos para procesos de información. 228. Elementos de transporte. 229. Otro inmovilizado material. 23. INMOVILIZACIONES MATERIALES EN CURSO. 230. Adaptación de terrenos y de bienes naturales. 231. Construcciones en curso. 232. Instalaciones técnicas en montaje. 233. Maquinaria en montaje. 237. Equipos para procesos de información en montaje. 239. Anticipos para inmovilizaciones materiales. 24. INVERSIONES FINANCIERAS EN EMPRESAS DEL GRUPO Y ASOCIADAS. 240. Participaciones en empresas del grupo. 241. Participaciones en empresas asociadas. 242. Valores de renta fija de empresas del grupo. 243. Valores de renta fija de empresas asociadas. 244. Créditos a largo plazo a empresas del grupo. 2448. Créditos a largo plazo con empresas del grupo por efecto impositivo. & 245. Créditos a largo plazo a empresas asociadas. 246. Intereses a largo plazo de inversiones financieras en empresas del grupo. 247. Intereses a largo plazo de inversiones financieras en empresas asociadas. 248. Desembolsos pendientes sobre acciones de empresas del grupo. 249. Desembolsos pendientes sobre acciones de empresas asociadas. 25. OTRAS INVERSIONES FINANCIERAS PERMANENTES. 250. Inversiones financieras permanentes en capital. 2500. Inversiones financieras permanentes en acciones con cotización oficial. 2501. Inversiones financieras permanentes en acciones sin cotización oficial. 2502. Otras inversiones financieras en capital. 251. Valores de renta fija. 2518. Participaciones en Fondos de Inversión en Activos del Mercado Monetario a largo plazo. & 252. Créditos a largo plazo. 253. Créditos a largo plazo por enajenación de inmovilizado. 254. Créditos a largo plazo al personal. 256. Intereses a largo plazo de valores de renta fija. 257. Intereses a largo plazo de créditos. 258. Imposiciones a largo plazo. 259. Desembolsos pendientes sobre acciones. 26. FIANZAS Y DEPÓSITOS CONSTITUIDOS A LARGO PLAZO. 260. Fianzas constituidas a largo plazo. 265. Depósitos constituidos a largo plazo. 27. GASTOS A DISTRIBUIR EN VARIOS EJERCICIOS. 270. Gastos de formalización de deudas. 271. Gastos por intereses diferidos de valores negociables. 272. Gastos por intereses diferidos. 28. AMORTIZACIÓN ACUMULADA DEL INMOVILIZADO. 281. Amortización acumulada del inmovilizado inmaterial. 2810. Amortización acumulada de gastos de investigación y desarrollo. 2811. Amortización acumulada de concesiones administrativas. 2812. Amortización acumulada de propiedad industrial. 2813. Amortización acumulada de fondo de comercio. 2814. Amortización acumulada de derechos de traspaso. 2815. Amortización acumulada de aplicaciones informáticas. 2817. Amortización acumulada de derechos sobre bienes en régimen de arrendamiento financiero. 282. Amortización acumulada del inmovilizado material. 2821. Amortización acumulada de construcciones. 2822. Amortización acumulada de instalaciones técnicas. 2823. Amortización acumulada de maquinaria. 2824. Amortización acumulada de utillaje. 2825. Amortización acumulada de otras instalaciones. 2826. Amortización acumulada de mobiliario. 2827. Amortización acumulada de equipos para procesos de información. 2828. Amortización acumulada de elementos de transporte. 2829. Amortización acumulada de otro inmovilizado material. 29. PROVISIONES DE INMOVILIZADO. 291. Provisión por depreciación del inmovilizado inmaterial. 292. Provisión por depreciación del inmovilizado material. 293. Provisión por depreciación de valores negociables a largo plazo de empresas del grupo. 2930. Provisión por depreciación de participaciones en capital a largo plazo en empresas del grupo. 2935. Provisión por depreciación de valores negociables a largo plazo en empresas del grupo. 294. Provisión por depreciación de valores negociables a largo plazo de empresas asociadas. 2941. Provisión por depreciación de participaciones en capital a largo plazo en empresas asociadas. 2946. Provisión por depreciación de valores negociables a largo plazo en empresas asociadas. 295. Provisión para insolvencias de créditos a largo plazo a empresas del grupo. 296. Provisión para insolvencias de créditos a largo plazo a empresas asociadas. 297. Provisión por depreciación de valores negociables a largo plazo.
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Provisión para insolvencias de créditos a largo plazo. SEGUNDA PARTE CUADRO DE CUENTAS Existencias 30. COMERCIALES. 300. Mercaderías A. 301. Mercaderías B. 31. MATERIAS PRIMAS. 310. Materias primas A. 311. Materias primas B. 32. OTROS APROVISIONAMIENTOS. 320. Elementos y conjuntos incorporables. 321. Combustibles. 322. Repuestos. 325. Materiales diversos. 326. Embalajes. 327. Envases. 328. Material de oficina. 33. PRODUCTOS EN CURSO. 330. Productos en curso A. 331. Productos en curso B. 34. PRODUCTOS SEMITERMINADOS. 340. Productos semiterminados A. 341. Productos semiterminados B. 35. PRODUCTOS TERMINADOS. 350. Productos terminados A. 351. Productos terminados B. 36. SUBPRODUCTOS, RESIDUOS Y MATERIALES RECUPERADOS. 360. Subproductos A. 361. Subproductos B. 365. Residuos A. 366. Residuos B. 368. Materiales recuperados A. 369. Materiales recuperados B. 39. PROVISIONES POR DEPRECIACIÓN DE EXISTENCIAS. 390. Provisión por depreciación de mercaderías. 391. Provisión por depreciación de materias primas. 392. Provisión por depreciación de otros aprovisionamientos. 393. Provisión por depreciación de productos en curso. 394. Provisión por depreciación de productos semiterminados. 395. Provisión por depreciación de productos terminados.
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Provisión por depreciación de subproductos, residuos y materiales recuperados. Acreedores y deudores por operaciones de tráfico 40. PROVEEDORES. 400. Proveedores. 4000. Proveedores (euros). 4004. Proveedores (moneda distinta del euro). 4009. Proveedores, facturas pendientes de recibir o de formalizar. 401. Proveedores, efectos comerciales a pagar. 402. Proveedores, empresas del grupo. 4020. Proveedores, empresas del grupo (euros). 4021. Efectos comerciales a pagar, empresas del grupo. 4024. Proveedores, empresas del grupo (moneda distinta del euro). 4026. Envases y embalajes a devolver a proveedores, empresas del grupo. 4029. Proveedores, empresas del grupo, facturas pendientes de recibir o de formalizar. 403. Proveedores, empresas asociadas. 406. Envases y embalajes a devolver a proveedores. 407. Anticipos a proveedores. 41. ACREEDORES VARIOS. 410. Acreedores por prestaciones de servicios. 4100. Acreedores por prestaciones de servicios (euros). 4104. Acreedores por prestaciones de servicios (moneda distinta del euro). 4109. Acreedores por prestaciones de servicios, facturas pendientes de recibir o de formalizar. 411. Acreedores, efectos comerciales a pagar. 419. Acreedores por operaciones en común. 42. ………… 43. CLIENTES. 430. Clientes. 4300. Clientes (euros). 4301. Clientes (moneda distinta del euro). 4309. Clientes, facturas pendientes de formalizar. 431. Clientes, efectos comerciales a cobrar. 4310. Efectos comerciales en cartera. 4311. Efectos comerciales descontados. 4312. Efectos comerciales en gestión de cobro. 4315. Efectos comerciales impagados. 432. Clientes, empresas del grupo. 4320. Clientes, empresas del grupo (euros). 4321. Efectos comerciales a cobrar, empresas del grupo. 4324. Clientes, empresas del grupo (moneda distinta del euro). 4326. Envases y embalajes a devolver por clientes, empresas del grupo. 4329. Clientes, empresas del grupo, facturas pendientes de formalizar. 433. Clientes, empresas asociadas. 435. Clientes de dudoso cobro. 436. Envases y embalajes a devolver por clientes. 437. Anticipos de clientes. 44. DEUDORES VARIOS. 440. Deudores. 4400. Deudores (euros). 4404. Deudores (moneda distinta del euro). 4409. Deudores, facturas pendientes de formalizar. 441. Deudores, efectos comerciales a cobrar. 4410. Deudores, efectos comerciales en cartera. 4411. Deudores, efectos comerciales descontados. 4412. Deudores, efectos comerciales en gestión de cobro. 4415. Deudores, efectos comerciales impagados. 445. Deudores de dudoso cobro. 449. Deudores por operaciones en común. 45. ............ 46. PERSONAL. 460. Anticipos de remuneraciones. 465. Remuneraciones pendientes de pago. 47. ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. 470. Hacienda Pública, deudor por diversos conceptos. 4700. Hacienda Pública, deudor por IVA. 4707. Hacienda Pública, deudor por IGIC. & 47070. Hacienda Pública, deudor por IGIC. 47071. Hacienda Pública, deudor por IGIC, régimen transitorio, circulante. 47072. Hacienda Pública, deudor por IGIC, régimen transitorio, inversión. 4708. Hacienda Pública, deudor por subvenciones concedidas. 4709. Hacienda Pública, deudor por devolución de impuestos. 471. Organismos de la Seguridad Social, deudores. 472. Hacienda Pública, IVA soportado. 4720. IVA soportado. 4727. IGIC soportado. & 473. Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta. 4732. Hacienda Pública, deudora con entidades transparentes. & 474. Impuesto sobre beneficios anticipado y compensación de pérdidas. 4740. Impuesto sobre beneficios anticipado. 4741. Impuestos sobre beneficios anticipado a largo plazo. & 4742. Derechos por deducciones y bonificaciones pendientes de aplicación a c/p. & 4744. Derechos por deducciones y bonificaciones pendientes de aplicación a l/p. & 4745. Crédito por pérdidas a compensar del ejercicio... 4746. Crédito por pérdidas a compensar del ejercicio …, a largo plazo. & 4747. Derechos por deducciones y bonificaciones pdtes. de aplicación en régimen de consolidación fiscal. & 4748. Impuesto sobre beneficios anticipado por operaciones «intra-grupo». & 4749. Crédito por pérdidas a compensar en régimen de declaración consolidada del ejercicio … & 475. Hacienda Pública, acreedor por conceptos fiscales. 4750. Hacienda Pública, acreedor por IVA. 4751. Hacienda Pública, acreedor por retenciones practicadas. 4752. Hacienda Pública, acreedor por impuesto sobre sociedades. 4757. Hacienda Pública, acreedor por IGIC. & 4758. Hacienda Pública, acreedor por subvenciones a reintegrar. 476. Organismos de la Seguridad Social, acreedores. 477. Hacienda Pública, IVA repercutido. 4770. IVA repercutido. 4777. IGIC repercutido. & 479. Impuesto sobre beneficios diferido. 4790. Impuesto sobre beneficios diferido. 4791. Impuesto sobre beneficios diferido a largo plazo. & 4798. Impuesto sobre beneficios diferido por operaciones «intra-grupo». & 48. AJUSTES POR PERIODIFICACIÓN. 480. Gastos anticipados. 485. Ingresos anticipados. 49. PROVISIONES POR OPERACIONES DE TRÁFICO. 490. Provisión para insolvencias de tráfico. 493. Provisión para insolvencias de tráfico de empresas del grupo. 494. Provisión para insolvencias de tráfico de empresas asociadas.
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Provisión para otras operaciones de tráfico. Cuentas financieras 50. EMPRÉSTITOS Y OTRAS EMISIONES ANÁLOGAS A CORTO PLAZO. 500. Obligaciones y bonos a corto plazo. 501. Obligaciones y bonos convertibles a corto plazo. 505. Deudas representadas en otros valores negociables a corto plazo. 506. Intereses de empréstitos y otras emisiones análogas. 509. Valores negociables amortizados. 5090. Obligaciones y bonos amortizados. 5091. Obligaciones y bonos convertibles amortizados. 5095. Otros valores negociables amortizados. 51. DEUDAS A CORTO PLAZO CON EMPRESAS DEL GRUPO Y ASOCIADAS. 510. Deudas a corto plazo con empresas del grupo. 5100. Préstamos a corto plazo de empresas del grupo. 5108. Deudas a corto plazo con empresas del grupo por efecto impositivo. & 5109. Otras deudas a corto plazo con empresas del grupo. 511. Deudas a corto plazo con empresas asociadas. 512. Deudas a corto plazo con entidades de crédito del grupo. 5120. Préstamos a corto plazo de entidades de crédito del grupo. 5128. Deudas por efectos descontados en entidades de crédito del grupo. 5129. Otras deudas a corto plazo con entidades de crédito del grupo. 513. Deudas a corto plazo con entidades de crédito asociadas. 514. Proveedores de inmovilizado a corto plazo, empresas del grupo. 515. Proveedores de inmovilizado a corto plazo, empresas asociadas. 516. Intereses a corto plazo de deudas con empresas del grupo. 517. Intereses a corto plazo de deudas con empresas asociadas. 52. DEUDAS A CORTO PLAZO POR PRÉSTAMOS RECIBIDOS Y OTROS CONCEPTOS. 520. Deudas a corto plazo con entidades de crédito. 5200. Préstamos a corto plazo de entidades de crédito. 5201. Deudas a corto plazo por crédito dispuesto. 5205. Deudas a corto plazo con entidades de crédito por adquisición en arrendamiento financiero. & 5208. Deudas por efectos descontados. 521. Deudas a corto plazo. 523. Proveedores de inmovilizado a corto plazo. 524. Efectos a pagar a corto plazo. 525. Dividendo activo a pagar. 526. Intereses a corto plazo de deudas con entidades de crédito. 527. Intereses a corto plazo de deudas. 53. INVERSIONES FINANCIERAS A CORTO PLAZO EN EMPRESAS DEL GRUPO Y ASOCIADAS. 530. Participaciones a corto plazo en empresas del grupo. 531. Participaciones a corto plazo en empresas asociadas. 532. Valores de renta fija a corto plazo de empresas del grupo. 533. Valores de renta fija a corto plazo de empresas asociadas. 534. Créditos a corto plazo a empresas del grupo. 5348. Créditos a corto plazo con empresas del grupo por efecto impositivo. & 535. Créditos a corto plazo a empresas asociadas. 536. Intereses a corto plazo de inversiones financieras en empresas del grupo. 5360. Intereses a corto plazo de valores de renta fija de empresas del grupo. 5361. Intereses a corto plazo de créditos a empresas del grupo. 537. Intereses a corto plazo de inversiones financieras en empresas asociadas. 538. Desembolsos pendientes sobre acciones a corto plazo de empresas del grupo. 539. Desembolsos pendientes sobre acciones a corto plazo de empresas asociadas. 54. OTRAS INVERSIONES FINANCIERAS TEMPORALES. 540. Inversiones financieras temporales en capital. 5400. Inversiones financieras temporales en acciones con cotización oficial. 5401. Inversiones financieras temporales en acciones sin cotización oficial. 5409. Otras inversiones financieras temporales en capital. 541. Valores de renta fija a corto plazo. 5418. Participaciones en Fondos de Inversión en Activos del Mercado Monetario a corto plazo. & 542. Créditos a corto plazo. 543. Créditos a corto plazo por enajenación de inmovilizado. 544. Créditos a corto plazo al personal. 545. Dividendo a cobrar. 546. Intereses a corto plazo de valores de renta fija. 547. Intereses a corto plazo de créditos. 548. Imposiciones a corto plazo. 549. Desembolsos pendientes sobre acciones a corto plazo. 55. OTRAS CUENTAS NO BANCARIAS. 550. Titular de la explotación. 551. Cuenta corriente con empresas del grupo. 552. Cuenta corriente con empresas asociadas. 553. Cuenta corriente con socios y administradores. 554. Cuenta corriente con uniones temporales de empresas. & 5540. Participaciones en uniones temporales de empresas. 5541. Aportaciones a uniones temporales de empresas. 5542. Otras operaciones en uniones temporales de empresas. 555. Partidas pendientes de aplicación. 556. Desembolsos exigidos sobre acciones. 5560. Desembolsos exigidos sobre acciones de empresas del grupo. 5561. Desembolsos exigidos sobre acciones de empresas asociadas. 5562. Desembolsos exigidos sobre acciones de otras empresas. 557. Dividendo activo a cuenta. 558. Accionistas por desembolsos exigidos. 56. FIANZAS Y DEPÓSITOS RECIBIDOS Y CONSTITUIDOS A CORTO PLAZO. 560. Fianzas recibidas a corto plazo. 561. Depósitos recibidos a corto plazo. 565. Fianzas constituidas a corto plazo. 566. Depósitos constituidos a corto plazo. 57. TESORERÍA. 570. Caja, euros. 571. Caja, moneda distinta del euro. 572. Bancos e instituciones de crédito c/c. vista, euros. 573. Bancos e instituciones de crédito c/c, vista, moneda distinta del euro. 574. Bancos e instituciones de crédito, cuentas de ahorro, euros. 575. Bancos e instituciones de crédito, cuentas de ahorro, moneda distinta del euro. 58. AJUSTES POR PERIODIFICACIÓN. 580. Intereses pagados por anticipado. 585. Intereses cobrados por anticipado. 59. PROVISIONES FINANCIERAS. 593. Provisión por depreciación de valores negociables a corto plazo de empresas del grupo. 594. Provisión por depreciación de valores negociables a corto plazo de empresas asociadas. 595. Provisión para insolvencias de créditos a corto plazo a empresas del grupo. 596. Provisión para insolvencias de créditos a corto plazo a empresas asociadas. 597. Provisión por depreciación de valores negociables a corto plazo.
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Provisión para insolvencias de créditos a corto plazo. Compras y gastos 60. COMPRAS. 600. Compras de mercaderías. 601. Compras de materias primas. 602. Compras de otros aprovisionamientos. 607. Trabajos realizados por otras empresas. 608. Devoluciones de compras y operaciones similares. 6080. Devoluciones de compras de mercaderías. 6081. Devoluciones de compras de materias primas. 6082. Devoluciones de compras de otros aprovisionamientos. 609. «Rappels» por compras. 6090. «Rappels» por compras de mercaderías. 6091. «Rappels» por compras de materias primas. 6092. «Rappels» por compras de otros aprovisionamientos. 61. VARIACIÓN DE EXISTENCIAS. 610. Variación de existencias de mercaderías. 611. Variación de existencias de materias primas. 612. Variación de existencias de otros aprovisionamientos. 62. SERVICIOS EXTERIORES. 620. Gastos en investigación y desarrollo del ejercicio. 621. Arrendamientos y cánones. 622. Reparaciones y conservación. 6220. Reparaciones y conservación en general. 6223. Reparaciones y conservación del medio ambiente. & 623. Servicios de profesionales independientes. 6230. Servicios profesionales independientes. 6233. Servicios medioambientales. & 624. Transportes. 625. Primas de seguros. 626. Servicios bancarios y similares. 627. Publicidad, propaganda y relaciones públicas. 628. Suministros. 629. Otros servicios. 63. TRIBUTOS. 630. Impuesto sobre beneficios. 631. Otros tributos. 632. Entidades transparentes, efecto impositivo. & 6320. Importes a cuenta no recuperables por entidades transparentes. 6321. Importes a cuenta no recuperables por agrupaciones de interés económico. 6323. Ajustes negativos en la imposición en entidades transparentes. 6328. Ajustes positivos en la imposición en entidades transparentes. 633. Ajustes negativos en la imposición sobre beneficios. 634. Ajustes negativos en la imposición indirecta. 6341. Ajustes negativos en IVA de circulante. 6342. Ajustes negativos en IVA de inversiones. 6343. Ajustes negativos en IGIC, de circulante. & 6344. Ajustes negativos en IGIC, de inversión. & 635. Impuesto sobre beneficios extranjero. & 636. Devolución de impuestos. 637. Imposición indirecta, regímenes especiales. & 6371. Régimen simplificado, IVA. 6372. Régimen simplificado, IGIC. 6373. Régimen de agricultura, ganadería y pesca, IVA. 6374. Régimen de la agricultura y ganadería. IGIC. 638. Ajustes positivos en la imposición sobre beneficios. 639. Ajustes positivos en la imposición indirecta. 6391. Ajustes positivos en IVA de circulante. 6392. Ajustes positivos en IVA de inversiones. 6393. Ajustes positivos en IGIC, de circulante. & 6394. Ajustes positivos en IGIC, de inversión. & 64. GASTOS DE PERSONAL. 640. Sueldos y salarios. 641. Indemnizaciones. 642. Seguridad Social a cargo de la empresa. 643. Aportaciones a sistemas complementarios de pensiones. 649. Otros gastos sociales. 65. OTROS GASTOS DE GESTIÓN. 650. Pérdidas de créditos comerciales incobrables. 651. Resultados de operaciones en común. 6510. Beneficio transferido (gestor). 6511. Pérdidas soportadas (partícipe o asociado no gestor). 659. Otras pérdidas en gestión corriente. 66. GASTOS FINANCIEROS. 661. Intereses de obligaciones y bonos. 6610. Intereses de obligaciones y bonos a largo plazo en empresas del grupo. 6611. Intereses de obligaciones y bonos a largo plazo en empresas asociadas. 6613. Intereses de obligaciones y bonos a largo plazo en otras empresas. 6615. Intereses de obligaciones y bonos a corto plazo en empresas del grupo. 6616. Intereses de obligaciones y bonos a corto plazo en empresas asociadas. 6618. Intereses de obligaciones y bonos a corto plazo en otras empresas. 662. Intereses de deudas a largo plazo. 6620. Intereses de deudas a largo plazo con empresas del grupo. 6621. Intereses de deudas a largo plazo con empresas asociadas. 6622. Intereses de deudas a largo plazo con entidades de crédito. 6623. Intereses de deudas a largo plazo con otras empresas. 663. Intereses de deudas a corto plazo. 6630. Intereses de deudas a corto plazo con empresas del grupo. 6631. Intereses de deudas a corto plazo con empresas asociadas. 6632. Intereses de deudas a corto plazo con entidades de crédito. 6633. Intereses de deudas a corto plazo con otras empresas. 664. Intereses por descuento de efectos. 6640. Intereses por descuento de efectos en entidades de crédito del grupo. 6641. Intereses por descuento de efectos en entidades de crédito asociadas. 6643. Intereses por descuento de efectos en otras entidades de crédito. 665. Descuentos sobre ventas por pronto pago. 6650. Descuentos sobre ventas por pronto pago a empresas del grupo. 6651. Descuentos sobre ventas por pronto pago a empresas asociadas. 6653. Descuentos sobre ventas por pronto pago a otras empresas. 666. Pérdidas procedentes de valores negociables. 6660. Pérdidas en valores negociables a largo plazo de empresas del grupo. 6661. Pérdidas en valores negociables a largo plazo de empresas asociadas. 6663. Pérdidas en valores negociables a largo plazo de otras empresas. 6665. Pérdidas en valores negociables a corto plazo de empresas del grupo. 6666. Pérdidas en valores negociables a corto plazo de empresas asociadas. 6668. Pérdidas en valores negociables a corto plazo de otras empresas. 667. Pérdidas de créditos. 6670. Pérdidas de créditos a largo plazo a empresas del grupo. 6671. Pérdidas de créditos a largo plazo a empresas asociadas. 6673. Pérdidas de créditos a largo plazo a otras empresas. 6675. Pérdidas de créditos a corto plazo a empresas del grupo. 6676. Pérdidas de créditos a corto plazo a empresas asociadas. 6678. Pérdidas de créditos a corto plazo a otras empresas. 668. Diferencias negativas de cambio. 6680. Diferencias negativas de cambio por la introducción del euro. & 6681. Diferencias negativas de cambio. & 669. Otros gastos financieros. 6690. Gastos por diferencias derivados del redondeo euro. & 6691. Otros gastos financieros. & 67. PERDIDAS PROCEDENTES DEL INMOVILIZADO Y GASTOS EXCEPCIONALES. 670. Pérdidas procedentes del inmovilizado inmaterial. 671. Pérdidas procedentes del inmovilizado material. 672. Pérdidas procedentes de participaciones en capital a largo plazo de empresas del grupo. 673. Pérdidas procedentes de participaciones en capital a largo plazo de empresas asociadas. 674. Pérdidas por operaciones con acciones y obligaciones propias. 676. Donaciones del inmovilizado material. & 678. Gastos extraordinarios. 6780. Gastos producidos por la introducción del euro. & 6781. Otros gastos extraordinarios. & 679. Gastos y pérdidas de ejercicios anteriores. 68. DOTACIONES PARA AMORTIZACIONES. 680. Amortización de gastos de establecimiento. 681. Amortización del inmovilizado inmaterial. 682. Amortización del inmovilizado material. 69. DOTACIONES A LAS PROVISIONES. 690. Dotación al fondo de reversión. 691. Dotación a la provisión del inmovilizado inmaterial. 692. Dotación a la provisión del inmovilizado material. 693. Dotación a la provisión de existencias. 694. Dotación a la provisión para insolvencias de tráfico. 695. Dotación a la provisión para otras operaciones de tráfico. 696. Dotación a la provisión para valores negociables a largo plazo. 6960. Dotación a la provisión para participaciones en capital a largo plazo de empresas del grupo. 6961. Dotación a la provisión para participaciones en capital a largo plazo de empresas asociadas. 6963. Dotación a la provisión para valores negociables a largo plazo de otras empresas. 6965. Dotación a la provisión para valores de negociables a largo plazo de empresas del grupo. 6966. Dotación a la provisión para valores negociables a largo plazo de empresas asociadas. 697. Dotación a la provisión para insolvencias de créditos a largo plazo. 6970. Dotación a la provisión para insolvencias de créditos a largo plazo a empresas del grupo. 6971. Dotación a la provisión para insolvencias de créditos a largo plazo a empresas asociadas. 6973. Dotación a la provisión para insolvencias de créditos a largo plazo a otras empresas. 698. Dotación a la provisión para valores negociables a corto plazo. 6980. Dotación a la provisión para valores negociables a corto plazo de empresas del grupo. 6981. Dotación a la provisión para valores negociables a corto plazo de empresas asociadas. 6983. Dotación a la provisión para valores negociables a corto plazo de otras empresas. 699. Dotación a la provisión para insolvencias de créditos a corto plazo. 6990. Dotación a la provisión para insolvencias de créditos a corto plazo a empresas del grupo. 6991. Dotación a la provisión para insolvencias de créditos a corto plazo a empresas asociadas.
6993.
Dotación a la provisión para insolvencias de créditos a corto plazo a otras empresas. Ventas e ingresos 70. VENTAS DE MERCADERÍAS, DE PRODUCCIÓN PROPIA, DE SERVICIOS, ETC. 700. Ventas de mercaderías. 701. Ventas de productos terminados. 702. Ventas de productos semiterminados. 703. Ventas de subproductos y residuos. 704. Ventas de envases y embalajes. 705. Prestaciones de servicios. 708. Devoluciones de ventas y operaciones similares. 7080. Devoluciones de ventas de mercaderías. 7081. Devoluciones de ventas de productos terminados. 7082. Devoluciones de ventas de productos semiterminados. 7083. Devoluciones de ventas de subproductos y residuos. 7084. Devoluciones de ventas de envases y embalajes. 709. «Rappels» sobre ventas. 7090. «Rappels» sobre ventas de mercaderías. 7091. «Rappels» sobre ventas de productos terminados. 7092. «Rappels» sobre ventas de productos semiterminados. 7093. «Rappels» sobre ventas de subproductos y residuos. 7094. «Rappels» sobre ventas de envases y embalajes. 71. VARIACIÓN DE EXISTENCIAS. 710. Variación de existencias de productos en curso. 711. Variación de existencias de productos semiterminados. 712. Variación de existencias de productos terminados. 713. Variación de existencias de subproductos, residuos y materiales recuperados. 73. TRABAJOS REALIZADOS PARA LA EMPRESA. 730. Incorporación al activo de gastos de establecimiento. 731. Trabajos realizados para el inmovilizado inmaterial. 732. Trabajos realizados para el inmovilizado material. 733. Trabajos realizados para el inmovilizado material en curso. 737. Incorporación al activo de gastos de formalización de deudas. 74. SUBVENCIONES A LA EXPLOTACIÓN. 740. Subvenciones oficiales a la explotación. 741. Otras subvenciones a la explotación. 75. OTROS INGRESOS DE GESTIÓN. 751. Resultados de operaciones en común. 7510. Pérdida transferida (gestor). 7511. Beneficio atribuido (partícipe o asociado no gestor). 752. Ingresos por arrendamientos. 753. Ingresos de propiedad industrial cedida en explotación. 754. Ingresos por comisiones. 755. Ingresos por servicios al personal. 756. Ingresos por prestaciones en las uniones temporales de empresas. 759. Ingresos por servicios diversos. 76. INGRESOS FINANCIEROS. 760. Ingresos de participaciones en capital. 7600. Ingresos de participaciones en capital de empresas del grupo. 7601. Ingresos de participaciones en capital de empresas asociadas. 7603. Ingresos de participaciones en capital de otras empresas. 761. Ingresos de valores de renta fija. 7610. Ingresos de valores de renta fija de empresas del grupo. 7611. Ingresos de valores de renta fija de empresas asociadas. 7613. Ingresos de valores de renta fija de otras empresas. 7618. Ingresos por participaciones en Fondos de Inversión en Activos del Mercado Monetario. & 762. Ingresos de créditos a largo plazo. 7620. Ingresos de créditos a largo plazo a empresas del grupo. 7621. Ingresos de créditos a largo plazo a empresas asociadas. 7623. Ingresos de créditos a largo plazo a otras empresas. 763. Ingresos de créditos a corto plazo. 7630. Ingresos de créditos a corto plazo a empresas del grupo. 7631. Ingresos de créditos a corto plazo a empresas asociadas. 7633. Ingresos de créditos a corto plazo a otras empresas. 765. Descuentos sobre compras por pronto pago. 7650. Descuentos sobre compras por pronto pago de empresas del grupo. 7651. Descuentos sobre compras por pronto pago de empresas asociadas. 7653. Descuentos sobre compras por pronto pago de otras empresas. 766. Beneficios en valores negociables. 7660. Beneficios en valores negociables a largo plazo de empresas del grupo. 7661. Beneficios en valores negociables a largo plazo de empresas asociadas. 7663. Beneficios en valores negociables a largo plazo de otras empresas. 7665. Beneficios en valores negociables a corto plazo de empresas del grupo. 7666. Beneficios en valores negociables a corto plazo de empresas asociadas. 7668. Beneficios en valores negociables a corto plazo de otras empresas. 768. Diferencias positivas de cambio. 7680. Diferencias positivas de cambio por la introducción del euro. & 7681. Diferencias positivas de cambio. & 769. Otros ingresos financieros. 7690. Ingresos por diferencias derivadas del redondeo euro. & 7691. Otros ingresos financieros. & 77. BENEFICIOS PROCEDENTES DEL INMOVILIZADO E INGRESOS EXCEPCIONALES. 770. Beneficios procedentes del inmovilizado inmaterial. 771. Beneficios procedentes del inmovilizado material. 772. Beneficios procedentes de participaciones en capital a largo plazo de empresas del grupo. 773. Beneficios procedentes de participaciones en capital a largo plazo de empresas asociadas. 774. Beneficios por operaciones con acciones y obligaciones propias. 775. Subvenciones de capital traspasadas al resultado del ejercicio. 777. Ingresos por donaciones traspasadas al resultado del ejercicio.& 778. Ingresos extraordinarios. 779. Ingresos y beneficios de ejercicios anteriores. 79. EXCESOS Y APLICACIONES DE PROVISIONES. 790. Exceso de provisión para riesgos y gastos. 791. Exceso de provisión del inmovilizado inmaterial. 792. Exceso de provisión del inmovilizado material. 793. Provisión de existencias aplicada. 794. Provisión para insolvencias de tráfico aplicada. 795. Provisión para otras operaciones de tráfico aplicada. 796. Exceso de provisión para valores negociables a largo plazo. 7960. Exceso de provisión para participaciones en capital a largo plazo de empresas del grupo. 7961. Exceso de provisión para participaciones en capital a largo plazo de empresas asociadas. 7963. Exceso de provisión para valores negociables a largo plazo de otras empresas. 7965. Exceso de provisión para valores negociables a largo plazo de empresas del grupo. 7966. Exceso de provisión para valores negociables a largo plazo de empresas asociadas. 797. Exceso de provisión para insolvencias de créditos a largo plazo. 7970. Exceso de provisión para insolvencias de créditos a largo plazo de empresas del grupo. 7971. Exceso de provisión para insolvencias de créditos a largo plazo de empresas asociadas. 7973. Exceso de provisión para insolvencias de créditos a largo plazo de otras empresas. 798. Exceso de provisión para valores negociables a corto plazo. 7980. Exceso de provisión para valores negociables a corto plazo de empresas del grupo. 7981. Exceso de provisión para valores negociables a corto plazo de empresas asociadas. 7983. Exceso de provisión para valores negociables a corto plazo de otras empresas. 799. Exceso de provisión para insolvencias de créditos a corto plazo. 7990. Exceso de provisión para insolvencias de créditos a corto plazo de empresas del grupo. 7991. Exceso de provisión para insolvencias de créditos a corto plazo de empresas asociadas.
7993.
Exceso de provisión para insolvencias de créditos
a corto plazo de otras empresas. DEFINICIONES Y RELACIONES CONTABLES Financiación básica Comprende los recursos propios y la financiación ajena a largo plazo de la empresa destinados, en general, a financiar el activo permanente y a cubrir un margen razonable del circulante; incluye también los ingresos a distribuir en varios ejercicios, acciones propias y otras situaciones transitorias de la financiación básica. 12. RESULTADOS PENDIENTES DE APLICACIÓN. 13. INGRESOS A DISTRIBUIR EN VARIOS EJERCICIOS. 14. PROVISIONES PARA RIESGOS Y GASTOS. 15. EMPRÉSTITOS Y OTRAS EMISIONES ANÁLOGAS. 16. DEUDAS A LARGO PLAZO CON EMPRESAS DEL GRUPO Y ASOCIADAS. 17. DEUDAS A LARGO PLAZO POR PRÉSTAMOS RECIBIDOS Y OTROS CONCEPTOS. 18. FIANZAS Y DEPÓSITOS RECIBIDOS A LARGO PLAZO.
19.
SITUACIONES TRANSITORIAS DE FINANCIACIÓN. Inmovilizado Comprende los elementos del patrimonio destinados a servir de forma duradera en la actividad de la empresa. También se incluyen en este grupo los «gastos de establecimiento» y los «gastos a distribuir en varios ejercicios». 20. GASTOS DE ESTABLECIMIENTO. 21. INMOVILIZACIONES INMATERIALES. 22. INMOVILIZACIONES MATERIALES. 23. INMOVILIZACIONES MATERIALES EN CURSO. 24. INVERSIONES FINANCIERAS EN EMPRESAS DEL GRUPO Y ASOCIADAS. 25. OTRAS INVERSIONES FINANCIERAS PERMANENTES. 26. FIANZAS Y DEPÓSITOS CONSTITUIDOS A LARGO PLAZO. 27. GASTOS A DISTRIBUIR EN VARIOS EJERCICIOS. 28. AMORTIZACIONES ACUMULADAS DEL INMOVILIZADO. 29. PROVISIONES DE INMOVILIZADO. Existencias Mercaderías, materias primas, otros aprovisionamientos, productos en curso, productos semiterminados, productos terminados y subproductos, residuos y materiales recuperados. 36. SUBPRODUCTOS, RESIDUOS Y MATERIALES RECUPERADOS.
39.
PROVISIONES POR DEPRECIACIÓN DE EXISTENCIAS.
Acreedores y deudores por operaciones de tráfico Cuentas personales y efectos comerciales activos y pasivos que tienen su origen en el tráfico de la empresa, así como las cuentas con las Administraciones Públicas, incluso las que correspondan a saldos con vencimiento superior a un año. Para estas últimas y a afectos de su clasificación se podrán utilizar los subgrupos 42 y 45 o proceder a dicha reclasificación en las propias cuentas. 47. ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. 48. AJUSTES POR PERIODIFICACIÓN.
49.
PROVISIONES POR OPERACIONES DE TRÁFICO. Cuentas financieras Deudas y créditos por operaciones ajenas al tráfico con vencimiento no superior a un año y medios líquidos disponibles. 50. EMPRÉSTITOS Y OTRAS EMISIONES ANÁLOGAS A CORTO PLAZO. 51. DEUDAS A CORTO PLAZO CON EMPRESAS DEL GRUPO Y ASOCIADAS. 52. DEUDAS A CORTO PLAZO POR PRÉSTAMOS RECIBIDOS Y OTROS CONCEPTOS. 53. INVERSIONES FINANCIERAS A CORTO PLAZO EN EMPRESAS DEL GRUPO Y ASOCIADAS. 54. OTRAS INVERSIONES FINANCIERAS TEMPORALES. 55. OTRAS CUENTAS NO BANCARIAS. 56. FIANZAS Y DEPÓSITOS RECIBIDOS Y CONSTITUIDOS A CORTO PLAZO. 58. AJUSTES POR PERIODIFICACIÓN. Compras y gastos Aprovisionamientos de mercaderías y demás bienes adquiridos por la empresa para revenderlos, bien sea sin alterar su forma y sustancia, o previo sometimiento a procesos industriales de adaptación, transformación o construcción. Comprende también todos los gastos del ejercicio, incluidas las adquisiciones de servicios y de materiales consumibles, la variación de existencias adquiridas y las pérdidas extraordinarias del ejercicio. En general todas las cuentas del grupo 6 se abonarán, al cierre del ejercicio, con cargo a la cuenta 129; por ello, al exponer los movimientos de las sucesivas cuentas del grupo sólo se hará referencia al cargo. En las excepciones se citarán los motivos de abono y cuentas de contrapartida. 67. PÉRDIDAS PROCEDENTES DEL INMOVILIZADO Y GASTOS EXCEPCIONALES. 68. DOTACIONES PARA AMORTIZACIONES.
69.
DOTACIONES A LAS PROVISIONES.
Ventas e ingresos Enajenación de bienes y prestación de servicios que son objeto del tráfico de la empresa; comprende también otros ingresos, variación de existencias y beneficios extraordinarios del ejercicio. En general, todas las cuentas del grupo 7 se cargan al cierre de ejercicio, con abono a la cuenta 129; por ello, al exponer el juego de las sucesivas del grupo, sólo se hará referencia al abono. En las excepciones se citarán los motivos de cargo y cuentas de contrapartida. 70. VENTAS DE MERCADERÍAS, DE PRODUCCIÓN PROPIA, DE SERVICIOS, ETC. 73. TRABAJOS REALIZADOS PARA LA EMPRESA. 74. SUBVENCIONES A LA EXPLOTACIÓN. 75. OTROS INGRESOS DE GESTIÓN. 77. BENEFICIOS PROCEDENTES DEL INMOVILIZADO E INGRESOS EXCEPCIONALES.
79.
EXCESOS Y APLICACIONES DE PROVISIONES.
CUENTAS ANUALES I. Normas para la elaboración de las cuentas anuales 1.ª Documentos que integran las cuentas anuales. & Las cuentas anuales comprenden el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias y la memoria. Estos documentos forman una unidad y deben ser redactados con claridad y mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa, de conformidad con el Código de Comercio, con lo previsto en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y con este Plan General de Contabilidad. 2.ª Formulación de cuentas anuales. 1. Las cuentas anuales deberán ser formuladas por el empresario o los administradores en el plazo máximo de tres meses, a contar desde el cierre del ejercicio. A estos efectos, las cuentas anuales expresarán la fecha en que se hubieran formulado y deberán ser firmadas por el empresario, por todos los socios ilimitadamente responsables por las deudas sociales, en caso de sociedad colectiva o comanditaria, o por todos los administradores en caso de sociedad anónima o de responsabilidad limitada; si faltara la firma de alguno de ellos, se hará expresa indicación de la causa, en cada uno de los documentos en que falte. & 2. El balance, la cuenta de pérdidas y ganancias y la memoria deberán estar identificados; indicándose de forma clara y en cada uno de dichos documentos su denominación, la empresa a que corresponden y el ejercicio a que se refieren. 3. Las cuentas anuales se elaborarán expresando sus valores en euros; no obstante lo anterior, podrán expresarse los valores en miles de euros cuando la magnitud de las cifras así lo aconseje, en este caso deberá indicarse esta circunstancia en las cuentas anuales; en todo caso, deberán redactarse con claridad y mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa. & 3.ª Estructura de las cuentas anuales. Las cuentas anuales de las sociedades anónimas, incluidas las laborales, de las sociedades de responsabilidad limitada y de las sociedades en comandita por acciones deberán adaptarse al modelo normal. 4.ª Cuentas anuales abreviadas. & 1. Las sociedades señaladas en la norma 3ª podrán utilizar los modelos de cuentas anuales abreviados en los siguientes casos. a) Balance y memoria abreviados: las sociedades en las que a la fecha de cierre del ejercicio, concurran, al menos, dos de las circunstancias siguientes: - Que el total de las partidas del activo no supere 395 millones de pesetas (2.373.997,81 euros). A estos efectos se entenderá por total activo el total que figura en el modelo de balance. & - Que el importe neto de su cifra anual de negocios sea inferior a 790 millones de pesetas (4.747.995,63 euros). & - Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a 50.
b) Cuenta de pérdidas y ganancias abreviada: las sociedades en las que a la fecha de cierre del ejercicio, concurran, al menos, dos de las circunstancias siguientes: - Que el total de las partidas del activo no supere 1580 millones de pesetas (9.495.991,25 euros). A estos efectos, se entenderá por total activo el total que figura en el modelo de balance.& - Que el importe neto de su cifra anual de negocios sea inferior a 3160 millones de pesetas (18.991.982,50 euros). & - Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a 250. Cuando una sociedad, en la fecha de cierre del ejercicio, pase a cumplir dos de las circunstancias antes indicadas o bien cese de cumplirlas, tal situación únicamente producirá efectos en cuanto a lo señalado en este apartado si se repite durante dos ejercicios consecutivos. 2. Las empresas con otra forma societaria no mencionadas en la norma anterior así como los empresarios individuales estarán obligados a formular, como mínimo, las cuentas anuales abreviadas. 3. Lo establecido en las normas siguientes para los modelos normales deberá adecuarse a las características propias de los modelos abreviados. El balance, que comprende, con la debida separación, los bienes y derechos que constituyen el activo de la empresa y las obligaciones y los fondos propios que forman el pasivo de la misma deberá formularse teniendo en cuenta que: a) En cada partida deberán figurar, además de las cifras del ejercicio que se cierra, las correspondientes al ejercicio inmediatamente anterior. A estos efectos, cuando unas y otras no sean comparables, bien por haberse producido una modificación en la estructura del balance bien por realizarse un cambio de imputación, se deberá proceder a adaptar los importes del ejercicio precedente, a efectos de su presentación en el ejercicio corriente. b) No podrán modificarse los criterios de contabilización de un ejercicio a otro, salvo casos excepcionales que se indicarán y justificarán en la memoria. c) No figurarán las partidas a las que no corresponda importe alguno en el ejercicio ni en el precedente. & d) No podrá modificarse la estructura de un ejercicio a otro, salvo casos excepcionales que se indicarán en la memoria. e) Podrán añadirse nuevas partidas a las previstas en los modelos, normal y abreviado, siempre que su contenido no esté previsto en las existentes. f) Podrá hacerse una subdivisión más detallada de las partidas que aparecen en los modelos, tanto en el normal como en el abreviado. g) Podrán agruparse las partidas precedidas de números árabes, si sólo representan un importe irrelevante para mostrar la imagen fiel o si se favorece la claridad. h) Los créditos y deudas con empresas del grupo o asociadas, cualquiera que sea su naturaleza, figurarán en las partidas del activo o pasivo correspondientes, con separación de las que no correspondan a empresas del grupo o asociadas, respectivamente. A estos efectos, en las partidas correspondientes a empresas asociadas también se incluirán las relaciones con empresas multigrupo. i) La clasificación entre corto y largo plazo se realizará teniendo en cuenta el plazo previsto para el vencimiento, enajenación o cancelación. Se considerará largo plazo cuando sea superior a un año contado a partir de la fecha de cierre del ejercicio. & j) El importe global de los derechos sobre los bienes afectos a operaciones de arrendamiento financiero que deban lucir en el activo figurará en rúbrica independiente. A estos efectos se creará una partida en el epígrafe B.II del activo del balance, con la denominación «Derechos sobre bienes en régimen de arrendamiento financiero». Las deudas correspondientes a tales operaciones figurarán en rúbrica independiente. A estos efectos se crearán las partidas «Acreedores por arrendamiento financiero a largo plazo» y «Acreedores por arrendamiento financiero a corto plazo» en los epígrafes D.II y E.II, respectivamente, del pasivo del balance. k) Las inversiones financieras con vencimiento no superior a un año figurarán en el epígrafe D.IV del activo, «Inversiones financieras temporales». l) Los desembolsos pendientes sobre acciones que constituyan inversiones financieras permanentes, que no estén exigidos pero que conforme al artículo 42 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas sean exigibles a corto plazo figurarán en la partida E.V.4 del pasivo del balance. m) La financiación ajena con vencimiento no superior a un año figurará en la agrupación E del pasivo, «Acreedores a corto plazo». n) Cuando existan provisiones para riesgos y gastos con vencimiento no superior a un año se creará la agrupación F del pasivo, con la denominación de «Provisiones para riesgos y gastos a corto plazo». o) Cuando se posean acciones propias, pendientes de amortización, adquiridas en ejecución de un acuerdo de reducción de capital adoptado por la Junta General se creará el epígrafe A.VIII del pasivo, con la denominación de «Acciones propias para reducción de capital». Este epígrafe, que siempre tendrá signo negativo, minorará el importe de los fondos propios. & p) Para las cuentas deudoras por operaciones de tráfico con vencimiento superior a un año se creará el epígrafe B.VI del activo, con la denominación de «Deudores por operaciones de tráfico a largo plazo»; realizándose el desglose necesario. q) Para las cuentas acreedoras por operaciones de tráfico con vencimiento superior a un año se creará el epígrafe D.VI del pasivo, con la denominación de «Acreedores por operaciones de tráfico a largo plazo»; realizándose el desglose necesario. & r) Las empresas que participen en una o varias uniones temporales de empresas deberán presentar el Balance atendiendo siempre a lo dispuesto en la norma de valoración __, de una de las siguientes formas: – Integrando en cada partida del Balance, las cantidades correspondientes a las uniones temporales de empresas en las que participen. – Diferenciando en cada partida del Balance, la cantidad correspondiente a la propia empresa y a las uniones temporales de empresa. Elegida una de las anteriores opciones para elaborar el Balance, se deberá aplicar la misma para la Cuenta de Pérdidas y Ganancias. 6.ª Cuenta de pérdidas y ganancias. La cuenta de pérdidas y ganancias, que comprende, con la debida separación, los ingresos y los gastos del ejercicio y, por diferencia, el resultado del mismo, se formulará teniendo en cuenta que: a) En cada partida deberán figurar además de las cifras del ejercicio que se cierra, las correspondientes al ejercicio inmediatamente anterior. A estos efectos, cuando unas y otras no sean comparables, bien por haberse producido una modificación en la estructura de la cuenta de pérdidas y ganancias, bien por realizarse un cambio de imputación, se deberá proceder a adaptar los importes del ejercicio precedente, a efectos de su presentación en el ejercicio corriente.& b) No figurarán las partidas a las que no corresponda importe alguno en el ejercicio ni en el precedente. & c) No podrá modificarse la estructura de un ejercicio a otro, salvo casos excepcionales que se indicarán en la memoria. d) Podrán añadirse nuevas partidas a las previstas en los modelos, normal y abreviado, siempre que su contenido no esté previsto en las existentes. e) Podrá hacerse una subdivisión más detallada de las partidas que aparecen en los modelos, tanto en el normal como en el abreviado. f) Podrán agruparse las partidas precedidas de números árabes, si sólo representan un importe irrelevante para mostrar la imagen fiel o si favorecen la claridad. g) En las partidas correspondientes a empresas asociadas también se incluirán las relaciones con empresas multigrupo. h) Los gastos financieros de deudas a largo plazo con vencimiento a corto figurarán en el Debe, en la agrupación 7 «Gastos financieros y gastos asimilados». i) Las empresas que participen en una o varias uniones temporales de empresas deberán presentar la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, atendiendo siempre a lo dispuesto en la norma de valoración __, de una de las siguientes formas: – Integrando en cada partida de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, las cantidades correspondientes a las uniones temporales de empresas en las que participen. – Diferenciando en cada partida de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, la cantidad correspondiente a la propia empresa y a las uniones temporales de empresas. La memoria completa, amplía y comenta la información contenida en el balance y en la cuenta de pérdidas y ganancias; se formulará teniendo en cuenta que: a) El modelo de la memoria recoge la información mínima a cumplimentar; no obstante, en aquellos casos en que la información que se solicita no sea significativa no se cumplimentarán los apartados correspondientes. b) Deberá indicarse cualquier otra información no incluida en el modelo de la memoria que sea necesaria para facilitar la comprensión de las cuentas anuales objeto de presentación, con el fin de que las mismas reflejen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa. c) Lo establecido en la memoria en relación con las empresas asociadas deberá entenderse también referido a las empresas multigrupo. d) Lo establecido en el apartado 4 de la memoria se deberá adaptar para su presentación, en todo caso, de modo sintético y conforme a la exigencia de claridad. e) Las empresas que participen en una o varias uniones temporales de empresas y opten por presentar el modelo de balance integrado, en cada partida del mismo, las cantidades correspondientes a las uniones temporales de empresas en las que participen, deberán detallar en cada apartado de la memoria las cifras que corresponden a esas uniones temporales de empresas. El cuadro de financiación, que recoge los recursos obtenidos en el ejercicio y sus diferentes orígenes, así como la aplicación o el empleo de los mismos en inmovilizado o en circulante, formará parte de la memoria. Se formulará teniendo en cuenta que: a) En cada partida deberán figurar además de las cifras del ejercicio que se cierra las correspondientes al ejercicio inmediatamente anterior. Cuando unas y otras no sean comparables, se procederá a adaptar los importes del ejercicio precedente, a efectos de su presentación en el ejercicio corriente. No obstante, cuando en el ejercicio anterior se haya formulado memoria abreviada podrán omitirse las cifras del ejercicio precedente. b) Las rúbricas incluidas en el cuadro de financiación deberán adaptarse en función de la importancia que para la entidad hayan tenido las distintas operaciones, realizando agrupaciones de los distintos conceptos cuando resulten de escasa importancia e incorporando aquéllos no incluidos que puedan ser significativos para apreciar e interpretar los cambios acaecidos en la situación financiera. c) El cuadro de financiación deberá mostrar separadamente los distintos orígenes y aplicaciones permanentes de recursos en función de las operaciones que los han producido y con independencia de si dichas operaciones han afectado o no formalmente, al capital circulante, incluidas, entre otras, las ampliaciones de capital realizadas mediante conversión de deudas a largo plazo, que deberán figurar simultáneamente como aplicación y como origen de fondos. Asimismo deberá mostrar resumidamente los aumentos y disminuciones que se han producido en el ejercicio en dicho capital circulante. d) Los resultados del ejercicio serán objeto de corrección para eliminar los beneficios o pérdidas que sean consecuencia de correcciones valorativas de activos inmovilizados o pasivos a largo plazo, los gastos e ingresos que no hayan supuesto variación del capital circulante y los resultados obtenidos en la enajenación de elementos del inmovilizado. Las partidas que dan lugar a la corrección del resultado son, entre otras, las siguientes: · Aumento del beneficio o disminución de la pérdida: 1 Dotaciones a las amortizaciones y provisiones de inmovilizado. 2. Dotación a la provisión para riesgos y gastos. 3. Gastos derivados de intereses diferidos. 4. Amortización de gastos de formalización de deudas. 5. Diferencias de cambio negativas. 6. Pérdidas en la enajenación de inmovilizado. 7. Impuesto sobre sociedades diferido en el ejercicio y los ajustes pertinentes. · Disminución del beneficio o aumento de la pérdida: 1. Excesos de provisiones de inmovilizado. 2. Excesos de provisiones para riesgos y gastos. 3. Ingresos derivados de intereses diferidos. 4. Diferencias de cambio positivas. 5. Beneficios en la enajenación de inmovilizado. 6. Subvenciones de capital traspasadas al resultado del ejercicio. 7. Impuesto sobre sociedades anticipado en el ejercicio y crédito impositivo generado en el ejercicio por compensación de pérdidas y los ajustes pertinentes. Cuando el resultado del ejercicio corregido fuese positivo (beneficio) se mostrará en los recursos bajo la denominación «Recursos procedentes de las operaciones». Por el contrario, si dicho resultado del ejercicio corregido fuese negativo (pérdida), se mostrará en aplicaciones con la denominación «Recursos aplicados en las operaciones». Como nota al cuadro de financiación, se deberá incluir un resumen de las correcciones al resultado, conciliando el resultado contable del ejercicio con los recursos procedentes de las operaciones que se muestran en el mencionado cuadro. e) Los recursos obtenidos en la enajenación o cancelación anticipada de inmovilizado material, inmaterial o financiero se obtendrá sumando o restando, respectivamente, al valor neto contable del correspondiente inmovilizado, el beneficio o pérdida obtenido en la operación. f) Las revalorizaciones de inmovilizado realizadas en el ejercicio al amparo de una Ley, no serán consideradas ni como orígenes ni como aplicaciones de recursos, sin perjuicio de que las revalorizaciones que hayan afectado a elementos de inmovilizado enajenados en el ejercicio, sean consideradas como mayor valor contable a efectos de determinar los recursos obtenidos en el ejercicio como consecuencia de dicha enajenación. g) Los distintos orígenes y aplicaciones de recursos por operaciones formalizadas en el ejercicio se mostrarán en al cuadro de financiación por su importe efectivo, esto es, deducidos los gastos e ingresos por intereses diferidos, y cualquier otro gasto o ingreso a distribuir en varios ejercicios que no hayan supuesto variación del capital circulante. h) Las diferencias de cambio de valores de renta fija, deudas y créditos a largo plazo acaecidos durante el ejercicio, no se mostrarán como origen o aplicación de fondos, debiéndose proceder, por tanto, a la correspondiente corrección del resultado o a su compensación con ingresos a distribuir en varios ejercicios. i) La aplicación de recursos en inversiones financieras permanentes, que sean consecuencia de la renegociación o traspaso de inversiones financieras temporales, se mostrará separadamente bajo la denominación «Renegociación de inversiones financieras temporales» cuando la importancia de su volumen así lo aconseje. Esta regla resultará también de aplicación a los recursos obtenidos por renegociación de deudas a corto plazo, debiendo figurar separadamente, en su caso, con la denominación «Renegociación de deudas a corto plazo». j) Los recursos aplicados por traspaso a corto plazo de deudas a largo plazo se mostrarán por el valor de reembolso de la deuda. k) Los recursos aplicados por cancelación anticipada de deudas a largo plazo se mostrarán por el importe efectivo de la cancelación. l) Los recursos procedentes de aportaciones de accionistas lucirán en el cuadro de financiación, como origen de fondos, en el ejercicio en que se realice la aportación efectiva o en el que se haya acordado el desembolso. m) Cuando se produzcan operaciones comerciales a largo plazo, los débitos y créditos constituyen, respectivamente, orígenes o aplicaciones permanentes de recursos y deberán figurar separadamente en el cuadro de financiación, según el siguiente detalle: · Recursos aplicados en operaciones de tráfico: – Créditos comerciales a largo plazo. – Traspaso a corto plazo de deudas comerciales. · Recursos obtenidos por operaciones de tráfico: – Deudas comerciales a largo plazo. – Traspaso a corto plazo de créditos comerciales. 9.ª Cifra anual de negocios. & El importe neto de la cifra anual de negocios se determinará deduciendo del importe de las ventas de los productos y de las prestaciones de servicios, correspondientes a las actividades ordinarias de la empresa, el importe de las bonificaciones y demás reducciones sobre las ventas y el del impuesto sobre el valor añadido y otros impuestos directamente relacionados con las mismas. 10.ª Número medio de trabajadores. & Para la determinación del número medio de trabajadores se considerarán todas aquellas personas que tengan o hayan tenido alguna relación laboral con la empresa durante el ejercicio, promediados según el tiempo durante el cual hayan prestado sus servicios. 11.ª Operaciones intersocietarias. & A efectos de la presentación de las cuentas anuales de una empresa o sociedad se entenderá que otra empresa forma parte del grupo cuando ambas estén vinculadas por una relación de dominio, directa o indirecta, análoga a la prevista en el artículo 42.1 del Código de Comercio para los grupos de sociedades o cuando las empresas estén dominadas, directa o indirectamente, por una misma entidad o persona física. Se entenderá que una empresa es asociada cuando sin que se trate de una empresa del grupo, en el sentido señalado anteriormente, alguna o algunas de las empresas que lo forman, incluida la entidad o persona física dominante, ejerza sobre tal empresa una influencia notable. En las partidas correspondientes a empresas asociadas también se incluirán las relaciones con empresas multigrupo; se entenderá por empresa multigrupo aquella que esté gestionada conjuntamente por una empresa del grupo o la entidad o persona física dominante, y uno o varios terceros ajenos al grupo de empresas. 12.ª Estados financieros intermedios. &
Los
estados financieros intermedios se presentarán con la forma y los criterios
establecidos para las cuentas anuales; a estos efectos se formularán sin que
tengan reflejo alguno en contabilidad, por lo cual, en su caso, se anularán las
anotaciones contables eventualmente efectuadas para la realización de dichos
estados financieros. |
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