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Disposición final única. La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Por tanto, mando a todos los españoles, particulares y autoridades que guarden y hagan guardar esta Ley. Palacio de la Zarzuela, Madrid, a 13 de abril de 1989. JUAN CARLOS R. El Presidente del Gobierno, Felipe González Márquez.
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